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05 de de 2010, Cd. de México 09:04

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Financiamiento con recurso

Si en tu empresa se generan cuentas por cobrar derivadas de operaciones comerciales y necesitas fortalecer tu capital de trabajo, tenemos la solución perfecta.
  • Beneficios
  • Características
  • Requisitos
  • Convierte tus ventas a crédito en ventas al contado, al financiarse a través de tus activos (cuentas por cobrar).
  • Fortalece tu capital de trabajo sin necesidad de contratar pasivos.
  • Reduce la rotación de tus cuentas por cobrar.
  • Dispone de recursos que te permitirán aprovechar oportunidades de mercado inmediatas.
Con base en el análisis de tu cartera, se determina el portafolio que puede ser descontado, incluye plazo, monto máximo a financiar de las cuentas por cobrar y tipo de cobranza, principalmente.
  • Tasas: Banamex te ofrece las más competitivas del mercado.
  • Moneda: nacional o dólares
  • Disposición a través de nuestras oficinas autorizadas.
  • Una línea de crédito autorizada por Banamex.
  • Contar con un análisis de la cartera a descontar .
  • Presentar documentación legal para celebrar un contrato de descuento de cartera con Banamex.
  • Entregar una copia de los siguientes documentos: acta constitutiva con sus reformas y poderes notariales (sólo para personas morales), donde conste que los apoderados o representantes legales cuentan con facultades para actos de administración y suscripción de títulos de crédito, con datos de inscripción en el RPPC; cédula del RFC y alta ante la SHCP, y comprobante de domicilio de la empresa (antigüedad máxima de 90 días).En caso de descuento de cartera delegado, se requiere poderes para actos de dominio.
  • Acta Constitutiva con sus reformas y Poderes Notariales (sólo para Personas Morales) donde conste que los apoderados o representantes legales cuenten con facultades para actos de administración y suscripción de títulos de crédito, con datos de inscripción en el RPPC.
  • Cédula del RFC
  • Alta ante la SHCP
  • Comprobante de domicilio de la empresa (con antiguedad no mayor a 90 días)
*Copias

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